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jueves, 24 de febrero de 2011

EVOLUCIÓN DE LA REGLA PROCÍCLICA - Regla de activación o desactivación de la regla prociclica del reglamento.


Regla de activación o desactivación de la regla procíclica del reglamento “REGLAMENTO PARA LA EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN DEL DEUDOR Y LA EXIGENCIA DE PROVISIONES”

En noviembre de 2008,  mediante Resolución SBS Nº 11356-2008 se modificó el Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones.
Dentro de las principales modificaciones se estableció el Régimen general de provisiones procíclicas, el cual, establece acumular provisiones genéricas adicionales durante la etapa expansiva del ciclo para ser usadas cuando la fase del ciclo se revierta. La acumulación de provisiones se realizará cuando la regla procíclica se encuentre activa.
La presente sección contiene información concerniente a la evolución de los indicadores macroeconómicos de los cuales depende la activación o desactivación de la regla.
a) Con el resultado del PBI de diciembre de 2010, el promedio de la variación porcentual anual del PBI de los últimos 30 meses se ubicó en 5.59%. Si esta cifra cae por debajo del umbral fijado en 5% la regla procíclica se desactivará.

b) La diferencia entre el promedio de la variación porcentual anual del PBI de los últimos 12 meses evaluado en diciembre de 2010 y el promedio de la variación porcentual anual del PBI de los 12 últimos meses evaluado en diciembre de 2009 fue de 7.85 puntos porcentuales. Así, la regla procíclica continuará activada hasta que la diferencia entre el promedio de la variación porcentual anual del PBI de los 12 últimos meses sea menor en 4 puntos porcentuales a este mismo indicador evaluado un año antes.    
  
De esta manera, las entidades financieras constituirán provisiones cíclicas hasta que se presente alguna de las situaciones planteadas en el punto 1 o en el punto 2.
Fuente SBS.Actualizado el 18/02/2011.

miércoles, 2 de febrero de 2011

EVA AYLLON CANTA HILDA... - LAS MICROFINANZAS COMO INSTRUMENTO DE LUCHA CONTRA LA POBREZA


LAS MICROFINANZAS COMO INSTRUMENTO DE LUCHA CONTRA LA POBREZA
A lo largo de las décadas de los ochenta y noventa se ha producido en un buen numero de países pobres un desarrollo importante de uno de los instrumentos de lucha contra la pobreza que hoy día se muestra maduro : LAS MICROFINANZAS. 
Existen múltiples instituciones dedicadas tanto a distribuir microcrédito como a proveer de fondos a entidades intermediarias microfinancieras.
Entre las primeras podríamos enumerar experiencias como las de los bancos comunales en Mali,Crédito y Ahorro para gente que vive en la pobreza extrema” en Filipinas, la microfinanciera Fondo de Desarrollo Local de Nicaragua, o los “recaudadores de pequeños ahorros” o el Grameen Bank en Bangladesh. Entre las segundas, podríamos enumerar el Fondo de Microcrédito del Banco Centroamericano de Integración Económica financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional, los Programas Multisectoriales de Crédito, la Corporación Internacional de Inversiones y los Programas Globales para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Banco Interamericano de Desarrollo, el fondo para microfinanzas de la Fundación Un Sol Mon, de Caixa Catalunya, o el Fondo de Microcrédito para el Desarrollo del Deutsche Bank. La existencia de las primeras y las segundas nos dan muestra de que los pobres de todo el mundo también necesitan participar y disponer de mecanismos de ahorro y crédito que, en la mayor parte de las ocasiones la banca comercial no les facilita.

RECORDANDO A LUCHA REYES - VALS " DOLOR Y ODIO" - QUE ES LA CENTRAL DE RIESGOS???


QUE ES LA CENTRAL DE RIESGOS? (CIR).

La Central de Información de Riesgos (CIR) es un servicio público que gestiona una base de datos en la que constan, prácticamente, todos los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes. La Central de Información de Riesgos (CIR) es un reflejo de lo que tienen sobre usted las entidades en sus bases de datos.
Para cada uno de esos riesgos, las entidades que los declaran facilitan la información más relevante, incluyendo la identificación del cliente. Por ejemplo, si usted es titular de un préstamo hipotecario, su nombre y su número de identificación estarán registrados en la Central de Información de Riesgos (CIR), junto al importe que sume su deuda (en miles de   soles redondeados) a final de cada mes.
La información de la Central de Información de Riesgos (CIR) está protegida por importantes medidas que garantizan su calidad, seguridad y confidencialidad. Esto es así por obligación legal.
OBJETIVOS:
La Central de Información de Riesgos (CIR) tiene dos objetivos fundamentales:
  • Facilitar a las entidades declarantes información necesaria para su actividad. Imaginemos, por ejemplo, que su entidad de crédito está estudiando si darle o no un préstamo. A través de la Central de Información de Riesgos (CIR), y con su conocimiento, la entidad puede saber cuál es la deuda que usted ya tiene con otras entidades, y así hacerse una idea mejor de su solvencia. Una vez que le den el préstamo, y mientras lo deba, la entidad será informada mensualmente de forma agregada de todos los riesgos que hayan sido declarados a la Central de Información de Riesgos (CIR), lo que le ayudará también a conocer su situación.
  • Permitir a la IF. el adecuado ejercicio de sus competencias y en particular las de supervisión e inspección de las entidades de crédito.
  • Cómo funciona

    Las entidades tienen que declarar mensualmente a la Central de Información de Riesgos (CIR) la práctica totalidad (hay algunas excepciones) de sus riesgos de crédito y los titulares a quienes corresponden, incluyendo los datos, características y circunstancias más significativas.
    Están obligados a declarar a la Central de Información de Riesgos (CIR) las entidades de crédito (los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito y sucursales de entidades de crédito; los establecimientos financieros de crédito; los Fondos de Garantía de Depósitos en establecimientos bancarios, en cajas de ahorros y en cooperativas de crédito entre otras.
    Los riesgos declarados se clasifican en dos grandes grupos:
    1.- Riesgos directos. Son los que se derivan de préstamos o créditos, de dinero o de firma (fundamentalmente, avales) y de las operaciones de arrendamiento financiero (el llamado ‘leasing’), así como los valores de renta fija que posea la entidad, con exclusión de los emitidos por la Administración Central.

    2.- Riesgos indirectos. Son los de quienes garantizan o avalan a otros clientes que tienen concedidos préstamos o créditos por la entidad. Por ejemplo, avales, afianzamientos y garantías personales, firmas comprometidas en los efectos financieros y firmas que hayan sido tenidas en cuenta por la entidad declarante para la asunción del riesgo. 

    Los datos declarados a la Central de Información de Riesgos (CIR) por las entidades serán exactos y estarán puestos al día, de forma que reflejen fielmente la situación de los riesgos y de sus titulares.
    Mensualmente la Central de Información de Riesgos (CIR) comunica a las entidades información agregada sobre los riesgos en el sistema, de los titulares que tienen declarados.