Mientras, no se prevé ningún cambio en la actualidad para la definición del capital y el coeficiente de capital mínimo de 8%, también deberán permanecer igual, las categorías actuales del riesgo crediticio y de mercado pero serán complementadas por una tercera categoría del riesgo - el riesgo operacional - que en el futuro tendrá que ser respaldada explícitamente por capital. Las innovaciones relacionadas a las mejoras en la medición del riesgo, vienen por el lado del cómputo del denominador para el ratio de capital. Los métodos de medición de riesgo crediticio son más sofisticados que bajo el actual Acuerdo. Por primera vez se propone también la medición para el riesgo operacional, mientras que la medición del riesgo de mercado se mantendrá sin cambios. Dos enfoques diferentes a la medición el riesgo de crédito son propuestos: un enfoque estandardizado y un enfoque (IRB)(2) basado en calificaciones internas.
La medición de los requerimientos mínimos de capital se basa en una distribución media del riesgo en el sector bancario y por lo tanto no corresponde en cada caso a las circunstancias específicas de instituciones individuales. Por lo tanto se espera que las instituciones del crédito mantengan más capital que el computado bajo los requerimientos mínimos de capital si este es ajustado a su perfil de riesgo individual.
La razón para revisar la regulación sobre asignación de capital no se fue solo para adaptarla a los desarrollos recientes del mercado, si no para tomar en cuenta también los diferentes niveles de sofisticación en la administración del riesgo de los bancos individuales. Ambos métodos estandarizado y avanzado fueron previstos en el contexto de un enfoque evolutivo. La transición al uso prudencial de métodos más precisos deberá ser "recompensada" por una reducción moderada en los requerimientos de capital. Esto da a los bancos un estímulo a refinar más metodologías internas de la administración del riesgo dentro de las varias categorías del riesgo.
a) Método estandarizado
El método estandarizado se basa en la asignación de ponderaciones a la contraparte del crédito según el tipo de deudor implicado. En este sentido, el Nuevo Acuerdo considera hasta 13 tipos distintos de deudores (3), cuya ponderación puede ser mitigada dependiendo de la existencia de colaterales, garantías o derivados crediticios. Este método es una revisión del método del Acuerdo de 1988 para el riesgo crediticio, en el que los activos son asignados a ponderaciones del riesgo. Para mejorar la sensibilidad al riesgo sin complicar excesivamente el método estandarizado, el Comité propone basar las ponderaciones del riesgo en evaluaciones externas del crédito (4). Las ponderaciones de riesgo que propone el Comité se presentan en la Tabla 1.
Además de las ponderaciones otorgadas según las calificaciones, el Comité de Basilea recomienda que los créditos hipotecarios sobre vivienda que fuese ocupada por el prestatario, o que estuviese alquilada, ponderen al 35%; mientras que las hipotecas sobre bienes raíces comerciales recibirían una ponderación de 100%. Asimismo, los créditos de consumo se ponderarían por 75% y los activos vencidos tendrían un ponderador entre 100% - 150% (dependiendo del monto de deuda provisionada (5).
Tabla 1 : Ponderaciones de Capital propuestas para el Método Estandarizado
Cobertura de riesgo crediticio
La cobertura del riesgo crediticio se relaciona con la mitigación de dicho riesgo mediante, por ejemplo, el respaldo de colateral, la obtención de derivados crediticios o garantías, o la adopción de una posición compensatoria sujeta a un acuerdo de débito por créditos. El colateral elegible se encuentra restringido a ciertos activos considerados altamente líquidos y de fácil realización (7). Para el reconocimiento de los efectos de los mitigantes de riesgo el NAC propone dos enfoques:
i. Método global
En el método global se corrige la exposición crediticia deduciendo el monto respaldado por algún colateral elegible luego de corregir su valor de acuerdo a la volatilidad de dicho colateral. De este modo, se aplican recortes designados H ( haircuts ) como medida de protección contra la volatilidad de precios. El propósito de los recortes es reflejar la inestabilidad de la exposición ( H E ), la inestabilidad del colateral recibido ( H C ) y cualquier inestabilidad de las monedas ( H FX ). Los recortes pueden calcularse de dos maneras: mediante un método común (definido en el acuerdo) y mediante un método que utiliza estimaciones propias (desarrollado por cada banco empleando la volatilidad de las garantías). Dichos ajustes se incorporan para el cálculo de la exposición neta luego de mitigación por riesgo ( E* ) de la siguiente manera:
ii. Método simple
Para ser reconocido en el método simple, el colateral deberá comprometerse por la duración del riesgo y ser valorado a mercado y revaluado por lo menos cada seis meses. En este método, aquellas porciones de créditos garantizados con el valor de mercado de un colateral reconocido, reciben la ponderación del riesgo aplicable a la contraparte.
b) Método de modelos internos (IRB)
En el método fundado en la calificación interna ( IRB ), los bancos tendrán que agrupar las exposiciones de la cartera en 6 categorías generales de activos con diferentes características de riesgo crediticio. Las categorías de activos son: comercial (incluye 5 sub-categorías), soberanos, sistema financiero, consumo (incluye 3 sub-categorías), valores y cuentas por cobrar elegibles (incluye 2 sub-categorías).
El NAC propone fórmulas para calcular el requerimiento patrimonial para cada una de las categorías de activos. Dichas fórmulas han sido calculadas por el Comité por medio de análisis teóricos y pruebas empíricas, y requieren como insumo el cálculo de cuatro parámetros: la probabilidad de incumplimiento ( Probability of default - PD ), la pérdida dado el incumplimiento ( Loss given default -LGD ), la exposición al momento del incumplimiento ( Exposure at default - EAD ) y la madurez ( Maturity - M ). Básicamente, el NAC propone dos esquemas de medición interna del requerimiento patrimonial:
• El IRB fundamental: En el método fundamental, el banco debe estimar internamente la probabilidad de incumplimiento ( PD ) asociada con el nivel de riesgo del prestatario y depender de las estimaciones del supervisor en cuanto a los otros parámetros.
• El IRB avanzado: En este enfoque, los bancos pueden utilizar estimaciones internas de los tres componentes del riesgo adicionales: LGD , EAD y M . Para ser reconocidas, las estimaciones internas de cada uno de estos componentes deberán cumplir un conjunto específico de requisitos mínimos.
Como se mencionó anteriormente, el requerimiento patrimonial se deriva de la función continua específica para cada categoría general de exposición (comercial, soberano, etc.) establecida por el NAC. En el método IRB, dichas funciones planteadas para medir el Activo Ponderado por Riesgo (APR) total de las exposiciones se calcula basándose en el Modelo Asintótico de un Factor de Riesgo Único, el cual supone que existe un único factor causante de riesgo sistémico. En este sentido, el cálculo de la correlación de los activos se simplifica al cálculo de la correlación entre cada activo y dicho factor de riesgo único. De este modo, la fórmula final para el APR supone un mayor requerimiento patrimonial ante un mayor PD, LGD, EAD o Madurez ( M ).
c) Riesgo de operaciones
Para el cálculo del capital por riesgo de operación se presentan tres métodos: el básico, el estandarizado y el avanzado (AMA).
El método básico establece un requerimiento de capital equivalente al promedio de los tres últimos años de un porcentaje “alfa”, fijado en 15%, de los ingresos brutos anuales positivos. Para ello no se considerarán los periodos en los que el ingreso bruto anual haya sido cero o negativo.
Para el método estandarizado se definieron ocho líneas de negocio: finanzas corporativas, negociación y ventas, banca minorista, banca comercial, pagos y liquidación, servicios de agencia, administración de activos e intermediación minorista. Se tomaron como referencia los ingresos brutos de cada línea de negocio y se determinaron factores fijos “beta” por cada línea. Al multiplicar cada el ingreso bruto por el beta, en ambos casos de cada línea de negocio, se obtiene el requerimiento de capital por línea de negocio. El requerimiento total de capital por riesgos de operación se calcula promediando la suma de los requerimientos anuales de cada una de las líneas de negocio, durante 3 años.
El método avanzado admite que el cálculo del requerimiento de capital por riesgos de operación se obtenga por el sistema interno, previamente aprobado por los supervisores de la institución financiera. Para ello deberán considerarse los criterios cuantitativos y cualitativos aplicables.
(1) Actualmente en el Perú este ratio es de 9.1%
(2) Por sus siglas en ingles : "Internal Risk Based Models"
(3) Soberanos, Entidades Públicas, Instituciones Multilaterales, Bancos, Empresas Administradoras de Valores, Empresas Corporativas, Créditos de Consumo, Hipotecario, Bienes Raíces Comerciales, Deuda Vencida, Deuda de Mayor Riesgo, Otros Activos y Activos Fuera del Balance.
(4) Dichas evaluaciones serían realizadas por instituciones reconocidas como admisibles para fines de capital por los supervisores.
(5) Cabe nombrar que Basilea II brinda la posibilidad al supervisor que, bajo criterios prudenciales, aplique ponderadores más conservadores a los propuestos.
(6) Son créditos frente a los estados soberanos y a sus bancos centrales.
(7) El colateral financiero elegible por el NAC se refiere a: Depósitos en efectivo o certificados de depósitos, oro, bonos calificados BBB- o mejor, acciones incluidas dentro de un índica principal o que se transen en un mecanismo centralizado reconocido, inversiones en fondos mutuos que incluya los instrumentos nombrados anteriormente.